


CARACTERÍSTICAS GENERALES:
Viticultores: 650
Superficie: 4.719 ha
Número de parcelas: 2.843
Bodegas Elaboradoras: 9
Bodegas Embotelladoras: 22
Total: 31
TIPO DE SUELO (descripción): La orografía es bastante suave, algo más accidentada en el sur, en las estribaciones de la Cordillera Prelitoral Catalana. La mayor parte del viñedo se asienta sobre suelos pardo – calizos, con elevado nivel de caliza, escasa arcilla y pobres en materia orgánica.
CLIMA:
Descripción: Clima continental bastante seco en todas la subzonas, con temperaturas mínimas con frecuencia bajo cero y máximas que en ocasiones superan los 35 ºC
Temperatura media: 15 ºC en Lleida y 13,8 ºC en el sur de la provincia.
Precipitaciones: 385 mm/año en Lleida y 450 mm/año en el resto de las zonas.
Insolación media anual: 2.800 horas de sol despejado al año.
ZONAS DE PRODUCCIÓN:
Subzona Artesa de Segre: Algerri, Alòs de Balaguer, Artesa de Segre, Balaguer, Castelló de Farfanya, Foradada, Menàrguens, la entidad menor Montclar ubicada en el término municipal de Agramunt. Del término municipal de Cubells, parcela num.90 del polígono catastral num.7.
Subzona de Urgel: Penelles y Preixens. Del término municipal de Ivars de Urgel, la parcela num.7 del polígono catastral num. 2, la parcela num. 75 del polígono catastral num. 3, la parcela num. 25 del polígono catastral num. 4 y la parcela num. 93 del polígono catastral num. 13.
Subzona Garrigues: Albi, Arbeca, Bellaguarda, Cervià de les Garrigues, Espluga Calba, Fulleda, la Floresta, la Pobla de Cérvoles, Els Omellons, Tarrés, Vinaixa y el Vilosell. Del término municipal de Juneda, la parcela num.487 del polígono catastral num. 5, las parcelas num. 14, 15, 16, 33,34 y 37 del polígono catastral num.12, y las parcelas num. 3,4 y 5 del polígono catastral num. 13. Del término municipal de las Borges Blanques, las parcelas núms.30 y 96 del polígono catastral num. 9, las parcelas num. 114, 165 y 167 del polígono catastral num. 21, y las parcelas num. 21, y las parcelas 118, 119 y 120 del polígono catastral 22.
Subzona Pallars Jussà: los antiguos agregados de los términos municipales siguientes: del término de Castell de Mur, los agregados de Cellers y Guardia de Tremp; del término de Gavet de la Conca y los agregados de Sant Cristòfol de la Vall, Sant Martí de Barcedana y Sant Miquel de la Vall; del término de Isona y Conca Dellà, los agregados de Conques, Figuerola de Orcau, Orcau -Basturs y Sant Romà de Abella; del término de Llimiana, la zona norte; del término de Talarn, la zona sud; y las pedanías de Tremp llamadas Gurb, Palau de Noguera, Puigcercós, Suterranya, Vilamitjana y el antiguo término municipal de Tremp.
Subzona Raimat: el agregado de Raimat del término municipal de Lleida.
Subzona Segria: formada por los términos municipales siguientes: Alfarràs, Almenar, Gimenells y Pla de la Font el agregado de Sucs, del término municipal de Lleida. Del término municipal de Alcarrás, las parcelas 9022, 9017, 9005 del polígono catastral num. 6 y las parcelas num. 3, 57, 9001, 9003, 9004, 9007, 9027 del polígono catastral num.15. Del término municipal de Almacellas, las parcelas num. 25, 180, 193 y 196 del polígono catastral num.5.
Subzona Valls del Riu Corb: Ametlla, Belianes, Ciutadilla, Granyanella, Granyena de Segarra, Guimerà, Maldà, Montoliu de Segarra, Montornès de Segarra, Nalec, els Omells de na Gaia, Preixana, Sant Martí de Riucorb, Tàrrega, Vallbona de les Monges, Vallfogona de Riucorb y Verdú. Del municipio de Vilagrassa, la parcela num. 92 del polígono catastral num. 4.
HISTORIA:
La pequeña historia del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Costers del Segre empezó a mediados del año 1983: El Sr. Jaume Siurana, director del Incavi (Instituto Catalán de la Viña y el Vino), y el Sr. Manuel Raventós Artes, director general de Codorniu y de la Bodega de Raimat, consideraron que la excelente calidad vitivinícola de las comarcas leridanas y la tradición de zona era necesaria que fuera velada por un consejo regulador a la vez que liderara la promoción de la región aprovechando el gran éxito manifiesto de los vinos de Raimat.
A raíz de esas conversaciones se reunieron en el Casal de “La Caixa” en Tárrega(Lleida) personas destacadas del mundo de la vitivinicultura de las comarcas de la Noguera, Urgell, Garrigues y Raimat. Allí se dando forma y se configuró el que es el actual Consejo Regulador.
Finalmente, la Denominación de Origen fue constituida por Orden del 28-5-86 (DOGC núm. 701 de 17-6-86) y ratificada por Orden del 11-5-88 (BOE núm. 118 de 17-5-88) delimitando los pueblos de las cuatro subzonas numeradas. Posteriormente mediante la Orden de 3-12-98 (DOGC núm. 2.783 de 10-12-98) se amplió el ámbito geográfico de la Denominación de Origen Costers del Segre con dos subzonas más: Pallars Jussà y Segrià. Actualmente según la Orden 297/2005 de 20 de junio de 2005 (DOGC num.4417 de 1-07-05) el ámbito geográfico queda definido con siete subzonas: Artesa de Segre, Urgell, Garrigues, Pallars Jussà, Raimat, Segrià y Valls del Riu Corb.
La finalidad del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Costers del Segre es velar por ésta tradición vitivinícola y garantizar la excelente calidad de sus vinos elaborados en las bodegas que están inscritas.
VARIEDADES AUTORIZADAS:
Variedades blancas recomendadas: Macabeo, Xarel•lo, Parellada, Chardonnay, Garnacha blanca, Riesling, Sauvignon blanco, Moscatel de grano grande o de Alejandría, Malvasia o subirat -parent, Gewürztraminer.
Variedades blancas autorizadas: Albariño, Moscatel de grano pequeño de Frontignan.
Variedades negras recomendadas: Garnacha negra, Ull de llebre, Cabernet Sauvignon, Merlot, Monastrell o garrut, Trepat, Samsó o Mazuela, Pinot Noir, Syrah.
PRODUCCIÓN MÁXIMA HECTÀREA:
La producción máxima admitida será de 120 hectolitros de vino por hectárea tanto en variedades blancas como en negras.
DENSIDAD DE PLANTACIÓN AUTORIZADA (Ha.):
Densidad de plantación máxima de 4.500 cepas por hectárea y una densidad mínima de 1.500 cepas por hectárea.
RENDIMIENTO MÀXIMO (litros por 100 Kg de uva):
Rendimiento no superior a 75 litros de mosto o de vino por cada 100 Kg de uva.
GRADUACIÓN ALCOHÓLICA:
Vino blanco ... mín. 10,5% Vol. - máx. 14,5% Vol.
Vino tinto ... mín. 11% Vol. - máx. 14,5 % Vol.
Vino rosado ... mín. 10,5% Vol. - máx. 13,5% Vol.
Vino espumoso de calidad, veqprd ... Mín. 10,8% Vol. - máx. 12,8% Vol.
Vino de licores tradicionales, vlqprd ... Mín. 15% Vol. - máx. 22% Vol.
Vino de aguja, vaqprd ... Mín. 10% Vol. - máx. 12,5% Vol.






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